Certificación de eficiencia energética de los edificios

Extraido de la página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

 

 

Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios establecidas en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, se transpusieron en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

 

Con posterioridad, la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, ha sido modificada mediante la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, circunstancia que ha obligado a transponer de nuevo al ordenamiento jurídico español las modificaciones que introduce con respecto a la Directiva modificada.

 

Si bien esta transposición podría realizarse mediante una nueva disposición que modificara el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, y que a la vez completara la transposición contemplando los edificios existentes, parece pertinente que se realice mediante una única disposición que refundiendo lo válido de la norma de 2007, la derogue y complete, incorporando las novedades de la nueva directiva y amplíe su ámbito a todos los edificios, incluidos los existentes.

 

En consecuencia, mediante este real decreto se transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, con la incorporación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.

 

Este Real Decreto 235/2013 , de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado nº 89 (13/04/2013), siendo voluntaria su aplicación hasta el 1 de junio de 2013. A partir de ese momento, la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha.

 

Registro general de documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética.

 

De acuerdo con el artículo 3 del citado Real Decreto, se crea este Registro con el fin de facilitar el cumplimiento de este Procedimiento básico. Está adscrito a la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, teniendo carácter público e informativo.

 

En el citado Registro se encuentran todos aquellos documentos que han recibido el reconocimiento conjunto de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, y ha sido estructurado en función de la aplicación que corresponde a cada documento reconocido.

 

Calificación de la eficiencia energética de un edificio.

 

Los procedimientos para la calificación de eficiencia energética de un edificio deben ser documentos reconocidos y estar inscritos en el Registro general.

 

Cuando se utilicen componentes, estrategias, equipos y/o sistemas que no estén incluidos en los programas disponibles, para su consideración en la calificación energética se hará uso del procedimiento establecido en el documento informativo ” Aceptación de soluciones singulares y capacidades adicionales a los programas de referencia y alternativos de calificación de eficiencia energética de edificios “, disponible en el Registro general.

 

Etiqueta de eficiencia energética.

 

La obtención del certificado de eficiencia energética otorgará el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo, de la etiqueta de eficiencia energética, cuyos contenidos se recogen el documento reconocido correspondiente a la etiqueta de eficiencia energética, disponible en el Registro general.

 

La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. Deberá figurar siempre en la etiqueta, de forma clara e inequívoca, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.

 

Comisión Asesora para la certificación de eficiencia energética de edificios.

 

En el artículo 15 del mismo, se establece la permanencia de la Comisión Asesora para la certificación de eficiencia energética de edficios como órgano colegiado de carácter permanente que depende orgánicamente de la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Su misión es la de asesorar a los Ministerios competentes en materias relacionadas con la certificación energética.

 

 

2014, ¿un año para comprar vivienda?

 

 

 

Artículo publicado en Finanzas.com, sobre el momento actual del mercado inmobiliario, en el que según la opinión de algunos expertos el año 2014 será un buen momento para la compra de vivienda.

 

Ha llegado la hora de comprar. Sobre todo porque después de publicar ese número, el Instituto Nacional de Estadística ha venido a darnos la razón al revelar que el precio de la vivienda registró su primera subida interanual desde el año 2010. Bien es verdad que sólo un 0,7 por ciento en comparación con el trimestre anterior.

 

No hay que echar las campanas al vuelo, de todas maneras. Carlos Ferrer-Bonsoms, de Jones Lang LaSalle, comenta que hay que vigilar los datos de los próximos trimestres. Así que hay que andar todavía con pies de plomo. Pero este experto sí confía en que a lo largo de 2014 se estabilicen los precios. Y será algo importante: los compradores sólo se atreverán a cerrar operaciones si tienen la certeza de que los precios no van a continuar cayendo. También Jesús Amador, de Bankinter, apuesta porque los precios se estabilizan: «El sector inmobiliario residencial en España ya ha tocado fondo y se encuentra al comienzo de una fase de estabilización que debería dar lugar a una recuperación más lenta que en otros ciclos». De hecho, Ferrer-Bonsoms espera que, una vez que toque fondo, el precio se mantenga ahí de manera indefinida por varias razones: la elevada tasa de paro, la caída del poder adquisitivo de las familias y la falta de crédito. Aunque, según Gonzalo Bernardos, profesor de la Universidad de Barcelona, la gran incógnita hasta 2023 es si la vivienda habrá subido un 50 o un cien por cien desde los niveles actuales.

 

También hay que tener en cuenta que el proceso irá por barrios. Así Julio Rodríguez, ex presidente del Banco Hipotecario, dice que la recuperación será selectiva, comenzando por las ubicaciones turísticas y por las que más actividad económica desarrollan. Además, hay que tener en cuenta que aún hay ubicaciones en las que se ha acumulado una gran sobreoferta, mientras que hay otras en las que hay pocos inmuebles y demanda embolsada, por lo que cabe la posibilidad de que hasta empiecen a subir. Sobre todo, dice Ferrer-Bonsoms, las viviendas de tres y cuatro dormitorios. Eso, respecto a la primera vivienda. En las segundas residencias, también se está observando una mejora de la demanda, sobre todo de extranjeros, lo que puede convertirse en una gran oportunidad. Pero no vale cualquier municipio. Ferrer-Bonsoms aconseja las localidades cercanas a los principales aeropuertos (Málaga, Alicante, Palma de Mallorca y Barcelona).

 

Rentabilidad más atractiva

 

En cuanto a las rentabilidades que se pueden conseguir, aunque hay operaciones puntuales que proporcionan retornos superiores al 7 por ciento, sobre todo si en lugar de una vivienda, el comprador adquiere cinco o seis al mismo propietario, lo más habitual es que oscile entre el 5 o el 6 por ciento. Aunque Amador reduce esa cifra hasta el 4 por cien. De todas maneras, afirma: «Estas cifras de rentabilidad, en un escenario de estabilización de los precios como el que contemplamos, suponen una oportunidad de inversión atractiva para algunos ahorradores». Especialmente para los que han guardado su dinero en depósitos en los últimos años. La rentabilidad que les dé el piso puede ser el sustituto del atractivo retorno que proporcionaba el depósito.

 

¿Dónde, en concreto, se pueden aprovechar las oportunidades inmobiliarias? Sistematicemos: sobre todo en las buenas ubicaciones de la costa, como Levante, los alrededores de Marbella y en Cataluña, sobre todo al norte, como explica el experto independiente José Barta; también, en el centro de las grandes ciudades, como Madrid, Barcelona, Bilbao, Valencia o Sevilla, con inmuebles de más de un dormitorio y, a ser posible, en casas para reformar, que son más baratas y pueden dar un «plus» de rentabilidad, como aconseja Raúl García, de Tinsa.

 

Leer más: Un año para comprar vivienda

Fuente: Finanzas.com

 

 

Primera sanción por falsear los datos de un certificado energético

 

 

Siete meses después de la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, que obliga a que todos los inmuebles que se vendan o alquilen dispongan de un certificado de eficiencia energética, y tras haber tramitado 99.000 certificados energéticos, la Comunidad de Madrid ha impuesto la primera sanción, de 4.000 euros, a un técnico por falseamiento de datos en la emisión del informe.

 

“La información que recogía el certificado no se correspondía con la realidad”, señala la Dirección General de Industria, Energía y Minas (DGI), organismo encargado de su registro y control. La calificación energética de la vivienda unifamiliar pareada sujeta a inspección obtuvo inicialmente una letra A, la más alta. Sin embargo, “tras una selección fundamentada por la elevada calificación obtenida”, justifican fuentes de la DGI, la Comunidad de Madrid actuó de oficio y solicitó la emisión de un nuevo certificado con los datos correctos. Resultó ser una vivienda de “clase” C.

 

Desde este verano, la Comunidad está llevando a cabo labores de inspección y vigilancia de los certificados expedidos. En estas inspecciones se priorizan los certificados correspondientes a las calificaciones energéticas más altas (A o B). En este sentido, los inspectores comprueban que el técnico dispone de la titulación habilitante (arquitecto o arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico), visitan el inmueble certificado y comprueban que los datos recogidos son ciertos. Inspecciones que serán cada vez más frecuentes, puesto que deberán hacerse en una proporción estadísticamente significativa respecto a los certificados expedidos anualmente.

 

La sanción impuesta es ejemplarizante, ya que las multas pueden oscilar entre los 300 y los 6.000 euros, según establece la Ley 8/2013, sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Por ejemplo, expedir certificados sin la información mínima es sancionable con hasta 600 euros y falsear los datos, como es el caso, puede alcanzar los 6.000 euros, al estar considerada como una infracción muy grave. Además, “el técnico sancionado contaba con la titulación precisa para la emisión de certificados energéticos de edificios”, puntualizan desde la DGI.

 

“No hay que olvidar que el responsable de tener el certificado de eficiencia energética es el propietario, pero el encargado del contenido y veracidad es el técnico competente que lo firma”, recuerda José Luis López, de la Asociación de Ciencias Ambientales, entidad que está trabajando en un proyecto de sensibilización, información y formación sobre el certificado energético dirigido a la ciudadanía y a los profesionales.

 

De los 99.000 certificados tramitados hasta la fecha, el 80,8% corresponde a pisos, el 11,9% a viviendas unifamiliares, el 3,8% a oficinas, el 1,9% a locales comerciales y el resto a otros usos. Su calificación de eficiencia energética es igualmente dispar: sólo el 0,2% de los certificados tramitados tiene letra A, mientras que el 50,4% ha obtenido la E.

 

Noticia publicada en El Mundo: http://www.elmundo.es/economia/2013/12/18/52b18334268e3e65428b4577.html

 

 

 

Diez proyectos extraordinarios

Interesante artículo de Plataforma Arquitectura sobre diez proyectos singulares de vivienda vacacional.

 

 

El desarrollador inmobiliario francés, Christian Bourdais, ha contratado a diez arquitectos para diseñar casas de vacaciones en una reserva natural de 50 hectáreas ubicada a dos horas al sur de Barcelona. A cada participante en el experimento “Solo Houses” se le entregó lo que cualquier arquitecto querría y raramente recibe: carta blanca, la posibilidad de diseñar una casa como segunda vivenda con un mínimo de restricciones. Los resultados que han presentado los arquitectos invitados, como Sou Fujimoto y Pezo von Ellrichshausen, entre otros, son impresionantes.

 

Ver la noticia completa aquí: http://www.plataformaarquitectura.cl/?attachment_id=319397

 

El tiovivo del precio de la vivienda

 

Las últimas noticias sobre la subida trimestral del precio de la vivienda pueden llevar a confusión. En el siguiente artículo, El País incide sobre el tema, dejando claro que no hay que dar por sentado que los precios han tocado fondo, aunque sí que advierte que hay una tendencia hacia la estabilización.

Madrid 19 DIC 2013 – 15:37 CET

Las estadísticas pueden tener efectos secundarios. Positivos si, cuando evidencian disfunciones como que la VPO es más cara que la libre en seis comunidades, se toman medidas. Pero puede ocurrir que sean malas consejeras. La de los precios de la vivienda del INE —que ha sido noticia porque registra una subida trimestral— podría hacer que alguien con una casa en venta, en lugar de bajar el precio, lo suba. Le arrollará la banca, con más de 50.000 pisos vendidos en 2013, tras hacer rebajas.

La subida media del 0,7% en el precio medio en España ha llegado al 2% trimestral en la vivienda nueva. Pero la evolución interanual sigue la senda descendente: bajó un 8%. Estos datos se elaboran con los de los registros. Los notarios también detectan una subida trimestral, pero menor, de un 0,4%. Y ya detectaron alzas en otras ocasiones, incluido el segundo trimestre de 2013. La óptica interanual también da caídas (7%) y en octubre el precio baja respecto al tercer trimestre. Otra cifra, la de los registradores basándose en el método Case y Shiller: sube un 0,9% el precio trimestral y baja un 4,3% anual.

El Ministerio de Fomento anota bajada en los dos casos, 0,5% trimestral y de 4,5% interanual. Aunque, como se sabe, va por zonas y en Valencia y Madrid el precio ha subido un 0,8% trimestral.

A cada fuente, una cifra; pero lo importante es la tendencia, y esta muestra que, camino del ajuste, bajan precios, pero menos, y repuntan en alguna zona.

Fuente: El País