Certificados energéticos sin visita

 

De las cuatro irregularidades que plantea el artículo de Elena Sanz en El Confidencial, 24-06-2014, la que me parece más importante es la que concierne a la visita del técnico. No se puede realizar un Certificado Energético sin visitar el inmueble, ésto es así por varios motivos.

El primero es que hay que realizar un croquis del inmueble. Sí, es cierto que a veces disponemos de un plano, pero el técnico debe comprobar las dimensiones de la vivienda y la distribución de la misma. Asimismo, es importante conocer la altura libre y éste es un dato que generalmente no viene reflejado en los planos de distribución. Por último, es fundamental conocer el ancho y alto de todas las ventanas de la vivienda.

En segundo lugar, se deben analizar de forma exhaustiva las instalaciones. No sirve que el cliente nos diga por teléfono que la vivienda tiene aire acondicionado y termo eléctrico. Necesitamos saber el número de splits y su situación, así como su potencia y tipo; saber la capacidad del termo eléctrico y su antigüedad; si en lugar de termo eléctrico hay caldera de gas, su potencia, el tipo de combustible que utiliza, etc; en cuanto a la calefacción, el mismo proceso, tipología, superficie cubierta, combustible, antigüedad…

En tercer lugar, se debe estudiar la envolvente del inmueble, el tipo de muro de fachada, la tipología de cubiertas, la existencia de forjado sanitario o solera, el tipo de ventanas… en fin, son muchos los aspectos que deben comprobarse in situ.

El cuarto motivo es que hay que analizar la orientación y sombras de la vivienda. Sólo desde la vivienda podemos observar y medir los elementos que pueden producir sombras sobre la misma.

Y por último,  el técnico CERTIFICA la eficiencia energética de  un inmueble, por lo debe asegurarse y comprobar todos los puntos anteriores, lo que es imposible sin una visita del interior.

A continuación, extracto del artículo de El Confidencial.

 

Fracaso total y mala praxis en torno a la certificación energética, un año después

 

 

La ley de certificación energética de viviendas, aquella que obliga a los propietarios de una vivienda que quieran vender o alquilar a contar con el sello energético, ha cumplido un año, pero el grado de incumplimiento es muy elevado.

Según los cálculos de Certicalia, la plataforma certificadora presente en toda España, durante este último año sólo se habrían visado el 12% del total de inmuebles que requieren etiqueta energética y que se estima en 5 millones. Esto significa que cerca del 90% de los inmuebles que se anuncian en venta o alquiler lo hacen de forma irregular.

Según lo dispuesto en el Real Decreto 235/2013 aprobado hace un año, sin este sello, los propietarios se enfrentan a multas de más de 6.000 euros, si bien las sanciones brillan por su ausencia. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, solamente ha trascendido una sanción de 4.000 euros a un técnico por falsear los datos en la emisión del informe.

Ya sea por vulneración de la normativa o por desconocimiento de la misma, lo cierto es que el 90% de los propietarios que a día de hoy venden o alquilan su vivienda no cuentan con el certificado energético. Y no sólo eso, sino que diferentes colectivos relacionados con la certificación energética –como, por ejemplo, los arquitectos–, llevan meses denunciando la vulneración de la ley y malas prácticas.

Pero ¿cuáles son las irregularidades más habituales en torno al certificado energético?

1.- Etiqueta energética en trámite. Según Certicalia, “en numerosos escaparates de agencias y portales inmobiliarios online observamos la etiqueta energética en su formato correcto, con su escala de colores de la A a la G, pero sin indicar la calificación correspondiente a la vivienda. En su lugar leemos ‘en trámite’. Se pretende dar a entender que el propietario está gestionando la certificación de su inmueble cumpliendo con los estipulado con la normativa”. Desde Certicalia aseguran que el proceso de obtención del certificado energético dura entre dos y cinco días, lo que hace sospechar de los anuncios que mantienen su estado ‘en trámite’ durante semanas.

2.- Certificado energético sin visita del técnico. Son muchos los profesionales habilitados a la certificación energética que llevan meses denunciando y alertando de aquellos certificados para cuya expedición no es necesario que el técnico visite el inmueble. La calificación se realiza de acuerdo con la información que aporta el propietario, lo que, según Certicalia, “puede dar lugar a una calificación errónea y falsa, lo que constituye una infracción muy grave sancionada con multas de 1.000 a 6.000 euros”.

Cuando el técnico certificador realiza la visita a un inmueble realiza una medición y toma datos de la envolvente térmica –composición de muros y cerramientos–, siempre que sea posible, y de las instalaciones térmicas –información sobre potencia y rendimientos de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria–, de ahí la necesidad de que el técnico visite la vivienda.

3.- Descuentos inexistentes. La normativa de certificación energética no marca las tarifas que debe aplicar el técnico por el servicio prestado, y tampoco lo han hecho los colegios profesionales. “Los técnicos certificadores ofrecen libremente el precio que ellos estiman por la realización de cada certificado energético”, explican desde Certicalia. “No obstante, existen páginas de descuentos que ofrecen precios supuestamente rebajados, indicando como precio inicial cantidades que están completamente fuera de mercado”, añaden desde esta plataforma.

Tal y como ya adelantó el año pasado El Confidencial, webs especializadas en descuentos como Groupalia, Groupon o Letsbonus no tardaron en subirse al carro de la certificación energética como si de una sesión de spa o de una cena romántica se tratasen. Los descuentos ofrecidos alcanzan hasta el 70% con precios que se sitúan por debajo incluso de los 80 euros, precios que, según los arquitectos consultados entonces por este diario, sólo se explican si el arquitecto está trabajando a pérdidas o si no está haciendo bien su labor.

Por otro lado, la ausencia de precios oficiales también ha desatado una auténtica guerra entre los profesionales, dando lugar, en el último año, a una importante rebaja en las tarifas. Certicalia calcula que el precio del certificado energético ha bajado casi un 50% durante este primer año. El precio medio real del certificado energético está en torno a los 60 euros, gastos de registro aparte.

4.- Certificado energético sin registro. Por último, para que la etiqueta energética de un inmueble sea válida, es imprescindible presentar el certificado energético en el registro de la comunidad autónoma correspondiente. “Un certificado sin registrar no cumple la normativa y constituye una infracción grave sancionada con multas entre 600 y 1.000 euros”, apuntan desde Certicalia. “Es fundamental que el servicio de certificación energética que se contrate incluya el registro del certificado ya que en muchos casos el registro es un trámite complicado para el propietario no acostumbrado a este tipo de gestiones”, añade.

A diferencia de lo que sucede con la emisión del certificado, para su registro, cada comunidad autónoma ha fijado un precio, que difiere mucho entre unas y otras. Mientras que en Madrid, Andalucía, Aragón o Navarra el registro es gratuito, en La Rioja cuesta casi 40 euros. En Murcia, Extremadura y Castilla León, oscila entre 20 y 30.

Primeras multas a inmobiliarias por carecer de Certificado Energético

 

Etiqueta energética

PAMPLONA – “Se observan anuncios publicitarios sin etiqueta de calificación energética”, explica el informe técnico que ha dado pie a la apertura de al menos cinco actas de inspección que podrían derivar en sanciones. Así se las gasta el departamento de Economía e Industria con las inmobiliarias que no publicitan de manera conveniente los documentos que acreditan el consumo y emisiones de la vivienda que se comercializa en venta o en alquiler.

 

En principio estaríamos hablando de una infracción leve penada de 300 a 600 euros aunque las inmobiliarias confían en que lo expedientes no se traduzcan en sanciones. Lo cierto es que la veda se ha abierto y el plan de inspección comunicado a las asociaciones inmobiliarias plantean controlar hasta cinco empresas por semana. Las inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus webs, así como en los portales de Internet inmobiliarios, deben publicitar desde el pasado día 1 de junio la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. De este modo, aunque los propietarios de pisos y locales serán los responsables de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética si bien las agencias también están obligadas en los portales de Internet inmobiliarios, y en los escaparates de las agencias inmobiliarias a publicitar el certificado, al menos la letra correspondiente (de la A a la G) y cantidad de emisiones.

 

Karmele Zuasti, vicepresidenta de AINA y presidenta AEGI Navarra, así como gerente de la Inmobiliaria María Servicios Inmobiliarios, destaca que aunque algunas de las viviendas no tienen a la vista el certificado no significa que no exista porque “es obligatorio presentarlo en las escrituras y en los contratos de alquiler”. “El problema es que muchos propietarios no quieren asumir ese gasto, por ejemplo viviendas muy antiguas en calles como Calderería o Rochapea Vieja que se venden con la intención de que el comprador asuma una rehabilitación integral”, remarca. “Entendemos que detrás hay un fin recaudatorio, lo lógico sería concienciar de manera constructiva, máxime cuando no se ha hecho ninguna campaña informativa desde el Gobierno. No se busca a particulares o bancos, por ejemplo”, abunda. Iñaki Martínez, de la inmobiliaria Urdax, también reprueba esta metodología “con un afán recaudatorio”. En su caso, contaba con un 75% de la treintena de viviendas en cartera con certificado, y ninguna de las otras tantas que oferta de AINA. “Lo absurdo es que los certificados tienen que tener un tamaño además respecto al cartel, son muchos detalles que desconocíamos y es vergonzoso que no se haya dado ninguna información, habiendo además miles de pisos que se venden desde casa y que no supervisan”, remarca. Esta misma semana ha desactivado a varios clientes que no han aportado el certificado y a los que viene llamando desde hace cinco meses. Tanto el responsable de la inmobiliaria FLM como Jesús Eslava, de Marina Inmuebles, también reconocen que muchos propietarios no están por la labor de gastarse 120-160 euros aunque las inmobiliarias ofrezcan los servicios de certificadores para facilitar los trámites y que el coste sea el mínimo. “Hemos mandado circulares a los propietarios para que hagan los certificados y estamos dando de baja a aquellos que no los tienen. Lo que no es justo es que se cargue contra las inmobiliarias porque son las más expuestas”, reitera Eslava. Por su parte, Esteban Calahorra, de Alfa 10, insiste en que no hay razón para sancionar a las inmobiliarias, “pedimos a Industria una moratoria para que se puedan adaptar a la ley”.

 

EL CERTIFICADO

 

¿Qué es? El certificado de calificación energética de un edificio permite valorar el consumo de energía del edificio y las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a dicho consumo energía. Es un documento que permite al comprador o arrendador de una vivienda cuánto costará la factura energética de dicho edificio.

 

¿Desde cuándo? Tras la aprobación del Real Decreto 253/2013 del 5 de abril, el certificado es exigible desde el pasado 1 de junio a todas los contratos de compraventa o arrendamiento (alquileres con una duración superior a los cuatro meses). Es obligatorio que los particulares, inmobiliarias, promotores y bancos publiciten la calificación de cada edificio.

 

Obligatorio desde 2007. Las viviendas que se han ejecutado desde 2007 cuentan con el certificado energético obligatorio para los promotores.

 

MULTAS DESDE 300

 

Tras un periodo de implantación de la medida de 6 meses, quien no publicite la venta o el alquiler de las viviendas con este dato se enfrentará a una sanción leve, lo que supone una multa económica de entre 300 y 600 euros. La normativa contempla además otros supuestos, como la falsificación del documento o actuar como técnico certificador sin contar con la habilitación. En caso de sanciones graves o muy graves, la multa económica podrá ascender hasta los 6.000 euros, tal y como recoge la ley estatal aprobada el pasado ejercicio.

 

SIETE LETRAS

 

De la A a la G. Esta calificación se expresa gráficamente mediante una etiqueta de eficiencia energética, similar a la de los electrodomésticos, que asigna a cada edificio una clase energética de eficiencia, que va desde la clase A, para los edificios de menor consumo energético, a la clase G, para los menos eficientes.

 

Registro del Gobierno

 

Calificación Edificios

 

A 109

 

B 183

 

C 516

 

D 1.622

 

E 3.771

 

F 717

 

G 1.030

 

TOTAL 7.948

 

Publicado en Noticias de Navarra, el 21-02-2014

Desobediencia solar

Desobediencia Solar

 

Artículo publicado en El Mundo. Enero de 2014.

 

La desobediencia solar es enfrentarse al modelo energético vigente desde la conciencia y la acción. Impulsar con nuestros actos el cambio necesario y urgente. Prescindir del petróleo, el gas y el uranio. Liberarnos de las grandes corporaciones que deciden por nosotros y apostar por un modelo democrático, independiente, ciudadano, basado en energías limpias y renovables. Luchar contra el cambio climático con los hechos y no sólo con las palabras. Desobedecer a los intereses creados, para defender los intereses de todos.

 

Leer artículo completo aquí.

 

 

Imagen obtenida de la página web de Ecooo.

 

Artículo de Elena Sanz sobre Eficiencia Energética

Mala gestión del Gobierno, guerra por posicionarse entre técnicos, falta de conciencia energética de la sociedad y herramientas informáticas demasiado simples. Éstos son los 4 culpables del fracaso de la certificación energética en España según Elena Sanz.

 

Artículo de Elena Sanz en El Confidencial. Enero de 2014.

 

 

Han pasado siete meses y medio desde la implantación de la certificación energética en España. Desde el pasado 1 de junio de 2013, cualquiera que quiera vender o alquilar su vivienda necesita contar con el certificado energético. Una pegatina con una letra y un color que nos indica cómo de eficiente es el inmueble, es decir, cuánta energía necesita consumir para mantenerse a una temperatura agradable tanto en verano como en invierno.

A diferencia de otros países como Francia o Alemania, donde en 2007 se implantó dicha certificación, España ha hecho los deberes en el último momento y según diferentes expertos, si hubiera que evaluar lo realizado hasta ahora, suspenderíamos con nota. Pero, ¿por qué?

Artículo de Marina Martín Serrano sobre la biomasa

Los que nos dedicamos a realizar certificados energéticos, sabemos la importancia que tiene la biomasa a la hora de proponer mejoras, por la reducción de emisiones de CO2. En este artículo, la compañera Marina Martín Serrano, Ingeniera Técnica Forestal, nos ofrece una completa explicación sobre lo que significa esta fuente de energía renovable.

 

Artículo publicado el 04-01-14 en http://quedamosenlaencina.com

 

 

Qué es la biomasa y por qué nos gusta tanto a los forestales

 

¿Será 2014 el año en que por fin se movilice un mercado estable de biomasa forestal? No lo sé y, la verdad es que dadas las circunstancias, lo dudo mucho. Pero espero equivocarme porque en algún momento deberá arrancar esta buena solución para un gran porcentaje de los problemas del sector forestal.

 

Pero vamos a comenzar desde el principio,

 

¿Qué es la biomasa?

 

La definición oficial (RAE) es la siguiente:

 

1. Materia total de los seres que viven en un lugar determinado, expresada en peso por unidad de área o de volumen.

 

2. Materia orgánica originada en un proceso biológico, espontáneo o provocado, utilizable como fuente de energía.

 

Siempre es interesante volver a las definiciones. En el caso de la biomasa, cuando nos referimos a ella de forma coloquial, lo hacemos siguiendo la segunda acepción. Hablamos de biomasa como fuente de energía renovable.

 

Esta acepción está tan extendida que he encontrado personas que, a pesar de trabajar en el ámbito forestal, desconocían la acepción ecológica de la palabra, que entiendo es la originaria. La biomasa es el conjunto de seres vivos en un determinado ecosistema, animales incluidos. Los animales nos proporcionan energía cuando nos los comemos, pero como la biomasa se suele quemar para obtener energía quizá por eso esta acepción resulte extraña, ¡al fin y al cabo no concebimos quemar animales para calentarnos!

 

Desde el punto de vista del aprovechamiento energético, la biomasa abarca una gran heterogeneidad de productos entre los que se encuentran los residuos de los aprovechamientos forestales y agrícolas, los restos de podas de jardinería, residuos de industrias agroforestales, cultivos energéticos y hasta los residuos de de origen animal o humano (sí, los purines se pueden revalorizar para obtener energía y sería interesante y divertido usar nuestros propios restos para cargar los portátiles ¿no?

 

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